La Diputaciones vascas  permitirán a pymes y autónomos aplazar impuestos sin intereses ni garantías

Ganaderos y Agricultores podrán solicitar una ayuda directa de hasta 3.200 euros

El Gobierno Central intenta amortiguar los efectos de la subida de los costes energéticos

Las tres Diputaciones Forales del País Vasco anunciaron ayer una batería de ayudas, incentivos y medidas fiscales dirigidas al sector empresarial más golpeado por la actual coyuntura económica. El Transporte y agricultores y ganaderos son los destinatarios de las principales iniciativas, no obstante las pymes y los autónomos también verán paliada su situación por la decisión de las tres haciendas de permitir los aplazamientos tributarios sin exigir garantías y sin intereses.

Todas estas medidas, que sólo en Bizkaia suman una inyección de 100 millones de euros, supondrán un pequeño impulso para evitar que empresas de sectores estratégicos y el tejido empresarial más extendido en el territorio histórico (pymes y autónomos, entren en una crisis de subsistencia de la que sería difícil salir.

El impulso se suma a las acciones del Plan  Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania aprobado por el Gobierno Central, que tienen como objeto prioritario salvar el aumento de los costes en la factura del consumo energético, pero que también afectan a otras particularidades de los sectores del  transporte y primario.

La actuación coordinada de Alava, Gipuzkoa y Bizkaia transmite, además, un mensaje de confianza al mundo empresarial  para mantener la actividad y el empleo en unos momentos especialmente complicados. Para ello aprobarán un Decreto Foral Normativo de urgencia, de modo que serán de aplicación desde el 1 de abril de 2022.

Estas primeras medidas consisten en el aplazamiento extraordinario en el pago de impuestos, sin intereses ni garantías, para las micro y pequeñas empresas y para las y los  autónomos del territorio, que también están exentos de los pagos fraccionados de IRPF correspondientes a los dos primeros trimestres del año.  Así mismo, se incrementa para este año 2022 en un 15% el forfait de gastos de los trabajadores autónomos del sector del transporte de mercancías (que pasa del 55% al 70%), en un 35% el del sector agrícola y ganadero (que pasa del 35% al 70%), y el forfait general para trabajadores autónomos y para microempresas (que pasan del 10% al 15%).

Aplazamiento sin intereses en el pago de impuestos

Las y los trabajadores autónomos, microempresas y pequeñas empresas podrán disfrutar de un aplazamiento extraordinario en los pagos de impuestos que se devengan entre el 1 de abril y el 31 de julio (los correspondientes a los dos primeros trimestres del año), quedando excluidas las autoliquidaciones y declaraciones anuales del Impuesto sobre Sociedades, del Impuesto sobre Patrimonio y del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que ya dispone de su propio método de aplazamiento.

Este aplazamiento extraordinario se solicitará al presentar la declaración, marcando la opción correspondiente, y se concederá automáticamente, ya que Hacienda no requiere garantías al contribuyente. Tendrá una carencia de tres meses y la devolución del importe aplazado se realizará sin intereses en seis plazos iguales.

A modo de ejemplo, un pago de 600 euros cuyo vencimiento finaliza el 25 de abril se podrá abonar en seis plazos de 100 euros cada uno en los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2022 y de enero de 2023.

Las condiciones de este aplazamiento son las mismas que las establecidas en 2020 y 2021 para facilitar la liquidez de las actividades económicas ante la crisis generada por la pandemia del COVID-19, y que supuso la inyección de 227 millones de euros en los sectores económicos afectados, unos 38 millones cada trimestre.

Exención de los pagos fraccionados de renta

Las personas físicas que realizan actividades económicas (las y los trabajadores autónomos) no estarán obligadas a autoliquidar e ingresar los pagos fraccionados de IRPF correspondientes a los dos primeros trimestres de 2022. Estos pagos se realizan, respectivamente, entre el 1 y el 25 de abril y entre el 1 y el 26 de julio.

El efecto estimado de esta medida para los dos primeros trimestres de 2022 supone la inyección de liquidez por importe de 10,8 millones de euros.

La exención en el pago fraccionado de IRPF para los trabajadores autónomos ya se estableció, ante la crisis del COVID-19, en 2020 y los dos primeros trimestres de 2021.

Incremento del forfait de gastos para autónomos y microempresas

La tercera medida consiste en la ampliación del forfait de compensación de gastos para las microempresas y para los trabajadores autónomos, con especial intensidad para aquellos que desarrollan actividades de transporte de mercancías por carretera, agrícola y ganadero. Esta ampliación tendrá vigencia para todo el ejercicio 2022, por lo que para este ejercicio queda establecido del siguiente modo:

General (IRPF): De un 10%  que tiene actualmente pasa al 15%

Agrícola y ganadero (IRPF) : Del 0 35%  actual sube al 70%

Transporte de mercancías por carretera (IRPF): Del 55% habitual pasa al 70%

Microempresas (IS): Que tienen en estos momentos un 10% sube al 15%

El coste fiscal de esta medida (la cantidad que se dejará de recaudar) es de 17 millones de euros en IRPF y de 2,7 millones de euros en el Impuesto sobre Sociedades. En el IRPF, beneficiará a 1.754 autónomos del transporte, 1.346 agroganaderos y 36.144 de otras actividades. La ampliación del forfait en el Impuesto sobre Sociedades beneficiará a 9.154 microempresas.

Sobre el forfait de gastos

En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, los trabajadores autónomos cuyos ingresos no superan los 600.000 euros determinan el rendimiento de su actividad económica mediante la estimación directa simplificada, que consiste en aplicar un porcentaje reductor al resultado de su beneficio (ingresos menos gastos).

Ese porcentaje actúa como compensación a las dificultades inherentes a su actividad, de modo que varía en función de la actividad económica que desarrollan, y es del 35% en el caso de las actividades agrícola y ganadera y del 55% en el transporte de mercancías por carretera. Con el incremento del 25% para las primeras y del 15% para el transporte de mercancías, el porcentaje reductor para el año 2022 será, respectivamente, del 60% y del 70%.

A modo de ejemplo se propone el caso de un transportista autónomo que, por su actividad en el ejercicio 2022, obtiene unos ingresos de 80.000 euros y justifica unos gastos de 30.000 euros. El resultado de su actividad (80.000 – 30.000) es de 50.000 euros, cantidad sobre la que se aplica el forfait de compensación (el 70% de 50.000 = 35.000), de modo que el rendimiento por el que tributará en IRPF es de 15.000 euros (50.000 – 35.000 = 15.000).

Ayudas directas al sector primario

Como un cuarto ámbito de actuación en el marco de las competencias de la Diputación, el diputado general ha anunciado un paquete de ayudas directas para que cada pequeño productor o productora de actividades agrícolas y ganaderas disponga de una media de 3.200 euros. Esta ayuda se articulará a través del departamento de Sostenibilidad y Medio Natural y tendrá una dotación de 1.250.000 euros.

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